Legalización de documentos
Es un acto administrativo por el que se otorga validez a un documento público extranjero, comprobando la autenticidad de la firma puesta en un documento y la calidad en que la autoridad firmante del documento ha actuado.
¿Qué documentos pueden legalizarse?
Pueden legalizarse tanto los originales de los documentos como las copias auténticas expedidas por las Autoridades de la Administración Pública que los hayan emitido, así como los testimonios de autenticidad por exhibición realizados por Notario.
¿Caducan las legalizaciones?
No. La legalización carece de fecha de caducidad. Ahora bien, si el documento expedido tiene una duración limitada, la legalización que se efectúe sobre él también lo tendrá. Tampoco existe ningún límite de tiempo para solicitar la legalización de un documento. Ésta podrá realizarse en cualquier momento en que el interesado la solicite.
¿Qué documentos emitidos por las autoridades españolas están destinados a utilizarse en el extranjero?
De todos los documentos elaborados por las autoridades de nuestro país, los siguientes pueden tener efecto en el exterior:
Emitidos por la Administración General del Estado, Emitidos por las Comunidades Autónomas, Emitidos por entidades locales (Ayuntamientos, Diputaciones, Cabildos, Mancomunidades y otros), Notariales, Judiciales, Mercantiles, Traducciones juradas de español a otros idiomas, Académicos, Los documentos oficiales de enseñanza superior, Los documentos oficiales de enseñanza no superior, Los documentos de carácter no oficial expedidos por instituciones privadas, De entidades religiosas, Certificados médicos, Certificados veterinarios.
¿Qué documentos extranjeros pueden legalizarse para ser utilizados en España?
La Sección de Legalizaciones del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación solamente admitirá:
Documentos públicos originales
Copias de los mismos expedidas por el organismo emisor
Copias compulsadas por las representaciones de España en el extranjero de documentos que previamente hayan sido legalizadas por vía diplomática o apostillados
Copias notariales
¿Deben traducirse los documentos que se desea legalizar?
Para aquellos documentos emitidos por las autoridades españolas que vayan a tener efecto en el extranjero el interesado debe consultar la legislación local, que es la que establece la necesidad o no de traducción. Lo normal es que la mayor parte de los países solamente acepten documentos en su idioma o idiomas oficiales.
Los documentos extranjeros que vayan a tener efecto en España deben estar traducidos al español. El Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación solamente admitirá las traducciones oficiales:
Realizadas en España por un traductor o intérprete jurado español nombrado por el Ministerio (estas traducciones están exentas de legalización y son válidas sin necesidad de ningún trámite adicional)
Realizadas o asumidas como propias por una representación española en el extranjero (estas traducciones requieren ser legalizadas por la sección pertinente del Ministerio)
Realizadas por la representación diplomática o consular en España del Estado que emite el documento (estas traducciones requieren ser legalizadas por la sección pertinente del Ministerio)
Procedimientos usuales para la legalización de documentos mercantiles
Procedimiento cameral:
Cámara de Comercio local
Consejo superior de Cámaras (Madrid)
Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación
Legalización Consular
Procedimiento notarial:
Notario
Colegio Notarial
Ministerio de Justicia
Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación (MAEC)
Legalización Consular
Procedimiento para documentos de Sanidad o Agricultura:
Consejería Provincial
Ministerio competente en Madrid
Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación (MAEC)
Legalización Consular
Toda la información anterior es oficial del ministerio de exteriores. El trámite de legalización de documentos puede ser en algunos casos complicado, largo y farragoso para los interesados, por eso ofrecemos este servicio y otros servicios en taybaservices.com
¿CÓMO TRAMITAR LA LEGALIZACIÓN?
A través del formulario que hay al final de la página, o a través de nuestros teléfonos:
Le confirmaremos la fecha de cita previa en el MAEC en ese mismo momento solicitándole datos de titular y contacto.
Haciéndonos llegar a nuestra oficina
Los originales (y traducciones de haberlas) de la documentación.
Tras las legalizaciones previas necesarias
Solicitaremos en ese mismo día la correspondiente legalización del documento.
En el mismo día de la legalización
Realizamos la devolución del documento a su titular para que pueda recibirlo a lo largo del siguiente día. (Salvo que requiera la gestión en el Consulado)
* Somos una agencia autorizada por el Consulado de Arabia Saudí para la tramitación de todos los tipos de Visados y Legalización de documentos.